lunes, 21 de septiembre de 2015

Alegaciones al Plan General de Ordenación Urbana

¿Qué es un Plan General de Ordenación Urbana?
¿Puedo participar en su redacción?
¿Cuándo y cómo presentar alegaciones?



El Plan General de Ordenación Urbana es uno de los instrumentos de planeamiento más complejos de elaborar, debido a la coexistencia de grandes intereses enfrentados y a la gran cantidad de agentes intervinientes. Tanto es así que muchos planes generales llevan más de una década en tramitación y aún no han llegado a ver la luz.

Uno de los principales agentes intervinientes en su redacción es la ciudadanía, que de forma individual o agrupada en colectivos, puede presentar sugerencias y alegaciones para que sean tenidas en cuenta en la elaboración.

En este artículo vamos a explicar brevemente en qué consiste un plan general, cuál es el procedimiento de elaboración y cómo podemos participar es su redacción.


¿QUÉ ES UN PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA?

El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) es un instrumento de planeamiento urbanístico en el que se define cómo será el desarrollo de los núcleos urbanos: es lo que se podría llamar el "proyecto de ciudad". En él queda reflejado cómo será el municipio en el futuro, estableciendo el trazado y ubicación de las principales infraestructuras, fijando las pautas de crecimiento y dictando las normas de conservación del patrimonio.

Las principales funciones del plan son:
  • Clasificación y calificación del suelo (suelo urbano, suelo urbanizable, suelo rústico y las distintas categorías dentro de cada clase)
  • Diseño del trazado y ubicación de los principales equipamientos y espacios públicos
  • Definición de las normas aplicables a cada clase y categoría de suelo.

El impulsor de su aprobación es el Ayuntamiento, que es quien encarga a un equipo técnico su redacción. En municipios pequeños es habitual encontrar instrumentos de planeamiento más sencillos, como las Normas Subsidiarias (NNSS) o los Planes de Delimintación de Suelo Urbano (PDSU), debido a la gran complejidad y coste de redactar un Plan General. 


FASES DEL PLAN

La redacción de un nuevo plan se realiza siguiendo las fases establecidas en la Ley del Suelo de cada comunidad autónoma. En el caso de Cantabria, las cuatro fases quedan definidas en la Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria (Ley 2/2001) y son:

AVANCE
El equipo redactor define los criterios, objetivos y soluciones generales que regirán la ordenación del núcleo.

Tras su publicación en el boletín oficial se abre un periodo de exposición pública en el que los ciudadanos pueden trasladar sugerencias al equipo redactor.

APROBACIÓN INICIAL
Una vez valoradas las sugerencias se elabora un documento más completo en el que se define con detalle el nuevo plan. En esta fase el Ayuntamiento informa a las distintas administraciones afectadas: Gobierno Autonómico, Comisión Regional de Ordenación del Territorio (CROTU), Consejería de Medio Ambiente, municipios colindantes y Registro de la propiedad.

Tras su publicación en el boletín oficial se abre un nuevo periodo de exposición pública en el que los ciudadanos pueden presentar alegaciones.

En caso de que, tras estudiar las alegaciones, se hagan modificaciones sustanciales en el plan, se volverá a someter el documento a un nuevo periodo de exposición pública en el que se pueden volver a presentar alegaciones.

APROBACIÓN PROVISIONAL
Una vez se disponga del informe favorable del órgano encargado de la Evaluación Ambiental, se procede a la aprobación provisional.

APROBACIÓN DEFINITIVA
Finalmente se remite el plan a la Comisión Regional de Ordenación del Terrritorio para que haga la aprobación definitiva. Este órgano se encargará de verificar la legalidad del plan y, si lo estima oportuno, introducir modificaciones que afecten a intereses supramunicipales.


¿CÓMO Y CUANDO PRESENTAR ALEGACIONES?

El plan está abierto a la participación ciudadana en sus dos primeras fases, permitiendo presentar sugerencias en la fase de Avance y alegaciones en la fase de Aprobación Inicial. A nivel práctico, la diferencia entre las sugerencias y las alegaciones es que las segundas deben ser respondidas por el equipo redactor, mientras que las primeras no.

Las alegaciones se presentan en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo fijado por el equipo de gobierno. El plazo mínimo será de un mes desde la publicación del documento en el boletín oficial.

Para dotar a las alegaciones de mayor solidez y base jurídica, es conveniente acompañarlas de un informe técnico redactado por un técnico competente en materia de urbanismo (arquitecto o ingeniero de caminos)  De esta forma se aumentan las probabilidades de que sean tenidas en cuenta por el equipo redactor.

Entre las alegaciones más habituales están las presentadas por particulares en relación a propiedades afectadas por el plan. Algunos ejemplos comunes son:

  • Cambio de la clasificación o calificación de un suelo (paso de rústico a urbano, paso de rústico protegido a rústico ordinario, etc...)
  • Inclusión o exclusión de edificios en los distintos catálogos municipales
  • Modificación del trazado de un viario o la localización de una infraestructura
  • Modificación de los parámetros normativos aplicables a un suelo o edificio

Para saber en qué fase está el Plan General de un municipio, se puede consultar en el Ayuntamiento o en la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma. Al pie de este artículo adjuntamos una tabla con los planeamientos vigentes y en fase de tramitación de todos los municipios de Cantabria, actualizado a 28/08/2015.


Para finalizar el artículo os dejamos una constructiva cita:

La crítica debe hacerse a tiempo; no hay que dejarse llevar por la mala costumbre de criticar sólo después de consumados los hechos.


Esperamos que el artículo os haya servido de ayuda y os invitamos a compartirlo con otros promotores noveles.

Si tenéis alguna duda, podéis dejarnos un comentario más abajo. Si necesitáis nuestros servicios, estamos a vuestra disposición.

¡Un saludo!





* Tabla de planes vigentes y en tramitación de municipios de Cantabria, actualizada a 28/08/2015. Información obtenida de la Dirección General de Ordenación del Territorio (www.territoriodecantabria.es)


MUNICIPIO
P. VIGENTE
P. TRAMITACIÓN
ALFOZ DE LLOREDO
PGOU 2015
-
AMPUERO
NNSS 1996
AVANCE 2012
ANIEVAS
PDSU 1989
-
ARENAS DE IGUÑA
NNSS 1988
AVANCE 2006
ARGOÑOS
PGOU 2007
AVANCE 2013
ARNUERO
PGOU 2013
-
ARREDONDO
NNSS 1999
AVANCE 2010
ASTILLERO (EL)
NNSS 2000
-
BÁRCENA DE CICERO
NNSS 2000
AVANCE 2010
BÁRCENA DE PIE DE CONCHA
NNSS 1988
AVANCE 2009
BAREYO
NNSS 1990
AP. INICIAL 2015
CABEZÓN DE LA SAL
PGOU 2013
-
CABEZÓN DE LIÉBANA
PGOU 2013
-
CABUÉRNIGA
NNSS 1985
-
CAMALEÑO
DSU 1992
AVANCE 2011
CAMARGO
PGOU 1988
AP. INICIAL 2011
CAMPOO DE ENMEDIO
NNSS 1991
AP. INICIAL 2014
CAMPOO DE YUSO
NNSS 1983
AVANCE 2005
CARTES
NNSS 1984
AP. INICIAL 2010
CASTAÑEDA
NNSS 1987
AVANCE 2005
CASTRO URDIALES
PGOU 1997
-
CIEZA
PGOU 2014
-
CILLORIGO DE LIEBANA
DGSU 2004
AVANCE 2009
COLINDRES
PGOU 1964
AVANCE 2006
COMILLAS
PGOU 2008
-
CORRALES DE BUELNA
PGOU 2015
-
CORVERA DE TORANZO
NNSS 1989
-
ENTRAMBASAGUAS
NNSS 1992
-
ESCALANTE
NNSS 1987
AP. PROV. 2015
GURIEZO
NNSS 1991
AVANCE 2009
HAZAS DE CESTO
NNSS 1999
-
HERMANDAD DE CAMPOO DE SUSO
NNSS 1983
AVANCE 2006
HERRERIAS
PDSU 1998
AP. PROV. 2015
LAMASÓN
PDSU 1999
-
LAREDO
PGOU 2015
-
LIENDO
PGOU 2013
-
LIÉRGANES
NNSS 1987
AP. INICIAL 2013
LIMPIAS
NNSS 1989
AVANCE 2009
LUENA
DGSU 2013
-
MARINA DE CUDEYO
PGOU 1987
AVANCE 2002
MAZCUERRAS
NNSS 1983
AVANCE 2005
MEDIO CUDEYO
PGOU 2011
-
MERUELO
NNSS 1999
AP. INICIAL 2015
MIENGO
NNSS 1987
AP. PROV. 2015
MIERA
PDSU 1986
-
MOLLEDO
PGOU 2015
-
NOJA
NNSS 1990
AVANCE 2014
PENAGOS
DGSU 2007
AVANCE 2009
PEÑARRUBIA
PDSU 2002
AP. PROV. 2006
PESAGÜERO
DGSU 2005
-
PESQUERA
PGOU 2014
-
PIÉLAGOS
PGOU 1993
AP. INICIAL 2010
POLACIONES
PDSU 2014
-
POLANCO
NNSS 1989
AP. INICIAL 2014
POTES
PGOU 2005
-
PUENTE VIESGO
PGOU 2012
-
RAMALES DE LA VICTORIA
NNSS 1994
-
RASINES
PDSU 1988
AP. INICIAL 2006
REINOSA
PGOU 1995
-
REOCÍN
NNSS 1986
AP. INICIAL 2010
RIBAMONTÁN AL MAR
NNSS 2001
AP. INICIAL 2015
RIBAMONTÁN AL MONTE
NNSS 1993
-
RIONANSA
NNSS 1994
AP. INICIAL 2014
RIOTUERTO
NNSS 1991
AVANCE 2013
LAS ROZAS
NNSS 1983
-
RUENTE
NNSS 1983
-
RUESGA
PDSU 1986
AP. INICIAL 2015
RUILOBA
NNSS 1991
AVANCE 2006
SAN FELICES DE BUELNA
NNSS 1990
AP. PROV. 2015
SAN MIGUEL DE AGUAYO
PGOU 2013
-
SAN PEDRO DEL ROMERAL
DGSU 2012
-
SAN ROQUE DE RIOMIERA
NNSS 1990
-
SANTA CRUZ DE BEZANA
NNSS 2007
AP. PROV. 2015
SANTA MARIA DE CAYÓN
NNSS 1987
AVANCE 2010
SANTANDER
PGOU 2012
-
SANTILLANA DEL MAR
PGOU 2004
-
SANTIURDE DE REINOSA
NNSS 1989
-
SANTIURDE DE TORANZO
NNSS 1989
AVANCE 2009
SANTOÑA
PGOU 1988
AVANCE 2011
SAN VICENTE DE LA BARQUERA
PGOU 2015
-
SARO
NNSS 1998
AVANCE 2010
SELAYA
NNSS 1997
AVANCE 2004
SOBA
NNSS 1991
-
SOLÓRZANO
PGOU 2015
-
SUANCES
PGOU 1990
AVANCE 2013
LOS TOJOS
PDSU 1984
-
TORRELAVEGA
PGOU 1996
AVANCE 2009
TRESVISO
-
-
TUDANCA
PDSU 1988
-
UDÍAS
PDSU 2005
AVANCE 2009
VALDÁLIGA
DGSU 2007
AVANCE 2009
VALDEOLEA
NNSS 1984
AVANCE 2004
VALDEPRADO DEL RÍO
PDSU 1984
-
VALDERREDIBLE
PDSU 2004
AP. INICIAL 2015
VAL DE SAN VICENTE
NNSS 1998
AVANCE 2008
VALLE DE VILLAVERDE
-
AP. INICIAL 2015
VEGA DE LIEBANA
PDSU 1995
AVANCE 2002
VEGA DE PAS
DGSU 2010
AVANCE 2011
VILLACARRIEDO
NNSS 1998
AVANCE 2005
VILLAESCUSA
NNSS 1983
AVANCE 2008
VILLAFUFRE
DGSU 2014
-
VOTO
NNSS 1994
AVANCE 2011

2 comentarios:


  1. Hola,  buenos días. Mirando por la web he llegado hasta vosotros y he visto que estáis puestos en el tema que me afecta. Les cuento mi caso: tengo un local comercial, dispongo de patio "propioooo" no comunitario ni nada. He decidido montar un negocio, para eso debo habilitar un baño para minusválidos, aquí el problema. En el patio, adosado al otro baño hemos empezado las obras del dichoso baño, ahora todos los vecinos nos están diciendo que lo quieren demoler y que eso no se puede hacer sin pedirles permiso a ellos. Mi aparejador dijo que el patio era mío y no necesito comunicarles nada, que si quería por cortesía bien, sino nada. Dispongo de toda la documentación en regla, proyecto, licencia de obras, certif compatibilidad.... no sé qué hacer, si bajo un poco la altura y cambio un panel sandwich por teja dicen que se acaba el problema y ya dejan de dar por ... debo ceder aun creyendo que lo tengo todo en regla???

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenos días, Daniel.

      En su explicación entendemos que se trata de un patio actualmente descubierto en el que usted quiere cubrir una parte para hacer un aseo. ¿Es correcto?

      Si es ese el caso, se trata de obras de ampliación del edificio, por lo que sí se requiere contar con el permiso de la Junta de Propietarios.

      Asimismo, se debe disponer del permiso del Ayuntamiento en el que figure dicha ampliación. El técnico municipal comprobará que se cumplan las normas municipales en lo que respecta a tamaño de patio, separación a ventanas, edificabilidad, etc...

      Le recomendamos que lea el artículo "Obras en la comunidad de propietarios", en el que explicamos con más detalle qué obras requieren permiso de la comunidad y cuál es el procedimiento para obtenerlo.

      Esperamos haberle sido de ayuda.
      Si tiene alguna otra pregunta, estamos a su disposición.

      Un saludo.

      Eliminar